Buenos Aires, 20 de junio de 2013
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11/10/2011 Circular Nº 408/2011

Se incorporaron más Licencias No Automáticas a ser gestionadas por el SISCO

A través de la Resolución 669/2011 (BO 7/10/2011) y en el cumplimiento del objetivo que se impuso la Secretaría de Industria en informatizar la administración de las Licencias No Automáticas de Producto (LNAP), se inició una nueva etapa del Sistema Integrado de Comercio Exterior (SISCO) por la cual se incorporan un conjunto importante de posiciones arancelarias.

Se incorporan al SISCO la tramitación de las solicitudes de Certificados de Importación, Comprobantes y Constancias de Excepción establecidos por las Resoluciones:

Resolución Nº 1117/99 y sus modificatorias Resolución Nº 153/2005 y sus modificatorias
Resolución Nº 588/2008 y sus modificatorias Resolución Nº 589/2008 y sus modificatorias
Resolución Nº 26/2009 y sus modificatorias Resolución Nº 165/2009 y sus modificatorias
Resolución Nº 337/2009 y sus modificatorias

 

Se incorporan, a su vez, las posiciones arancelarias alcanzadas por la Resolución Nº 61/2009 y sus modificatorias que se detallan seguidamente:

Simultáneamente, se sustituyen las referencias de las posiciones arancelarias que se detallan a continuación, consignadas en el Artículo 2º de la Resolución Nº 496/2011 y sus modificatorias por las que se indican en cada caso:

8424.81.19 (5) 8517.62.22 (6) 9017.80.10 (14)
9202.90.00 (2) 9613.80.00 (1)

 

Tener en cuenta que, a diferencia de anteriores incorporaciones al SISCO, en esta ocasión el plazo para ratificar las solicitudes de licencias presentadas con anterioridad a la vigencia de la presente resolución es de 15 (quince), en lugar de los 30 (treinta) de las otras resoluciones.

Todas las normas citadas podrán ser solicitadas a industria@came.org.ar

Buenos Aires, 11 de octubre de 2011

JOSÉ A. BERECIARTÚA
Secretario General

OSVALDO CORNIDE
Presidente

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