La Secretaría de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación determinó, con vigencia a partir del día 22/10, la Disposición 29/2020 que introduce modificaciones en los anexos de la Resolución nº 523/17 relacionados con la obligación de presentar Licencias No Automáticas (LNA) para las posiciones de estos anexos. 

Como las modificaciones implican que mercaderías que tenían Licencias Automáticas (LA) pasan a tener Licencias No Automáticas y viceversa, es muy importante que consulten los anexos.

Una aclaración importante es que las mercaderías que contaren con Licencias Automáticas aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente disposición y que por aplicación de lo dispuesto en la presente medida pasaren de tramitar Licencias Automáticas a No Automáticas, estarán exceptuadas de su tramitación. Las mismas mantendrán su vigencia hasta su utilización o el cumplimiento del plazo por el cual fueron otorgadas, lo que ocurra primero.

Para acceder a la Disposición 29/2020, haga clic aquí.