Desde el Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), les informamos que, a partir del viernes 26 de marzo, las empresas enmarcadas en la antigua Ley de Software podrán inscribirse o ratificar su adhesión para acceder a los beneficios del Registro Nacional de la Promoción de la Economía del Conocimiento. Este será destinado a Mipymes, grandes empresas, asociaciones, cooperativas y otras instituciones que realicen actividades de la economía del conocimiento. Para las micro empresas con antigüedad menor a 3 años o que no cuenten con ninguna facturación, únicamente tendrán como requisito realizar alguna de las actividades del sector.

Beneficios del Régimen:

  • Bono para pagar impuestos nacionales correspondiente al 70% de las contribuciones patronales sobre el personal dedicado a las actividades promovidas. El descuento será del 80% para las empresas que a partir de su inscripción contraten:
    • Mujeres y disidencias.
    • Personas con posgrado en ingeniería, ciencias exactas o naturales.
    • Personas con discapacidad.
    • Residentes de zonas desfavorables o de menor desarrollo relativo.
    • Beneficiarios de planes sociales.

Adicionalmente, sólo las empresas exportadoras podrán utilizar el bono para pagar el Impuesto a las Ganancias.

  • Descuento de hasta el 60% del Impuesto a las Ganancias, según el tamaño de empresa.
  • Exención del pago de derechos de exportación para las empresas del sector servicios.

Necesitarán, además, acreditar que un 70% de la facturación total proviene de la economía del conocimiento o demostrar que estas actividades son incorporadas transversalmente a sus procesos productivos.

Para acceder a los beneficios, las empresas deberán cumplir 2 de estas condiciones:

  • Certificar calidad en los productos, servicios o procesos bajo una norma conocida para ese fin o mediante la acreditación de un plan de mejora continua.
  • Invertir en capacitación o investigación y desarrollo de la Economía del Conocimiento.
  • Exportar bienes o servicios de la Economía del conocimiento.

Y, los siguientes requisitos formales:

  • Estar constituido como persona jurídica.
  • Estar inscripto en el RUMP.
  • No tener deudas fiscales, previsionales, laborales ni gremiales.
  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP.
  • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.

Los beneficios van a estar vigentes por 10 años y se deberá validar la inscripción en el Registro cada 2 años y realizar presentaciones anuales para acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos para ser beneficiario del Régimen.

Para más información contactarse a financiamiento@came.org.ar