Representantes del Consejo Directivo y del Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) participaron de la presentación online de las nuevas medidas dispuestas por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (Sepyme) del Régimen Factura de Crédito Electrónica (FCE) que entrarán en vigencia a partir del 1º de abril.

El encuentro fue encabezado por el secretario Pyme de la Nación, Guillermo Merediz, quien dio inicio a la presentación mencionando que “el objetivo de estos cambios en la operatoria de las FCE es para fortalecer el acceso al capital de trabajo y el crédito a las pymes, la misma se hará a través del instrumento asimilable al ECHEQ, para que sea fácil, simple y accesible. Desde el 1º de abril, a través del Sistema de Circulación Abierta, la Mipyme puede endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde el Home Banking”. Además, hizo hincapié en abrir un fuerte trabajo en educación financiera para que más pymes hagan uso de esta herramienta.

Alan Plummer, director de Competitividad Pyme, a cargo de la presentación y explicación de las nuevas medidas, detalló los conceptos generales sobre esta herramienta, como el monto mínimo de facturación, las fechas de vencimiento, los vínculos comerciales. La medida permitirá que las MiPymes proveedoras de grandes empresas accedan a más fuentes de financiamiento anticipado y mejorará la certeza de cobro, ya que la falta de pago al vencimiento de las FCE se reflejará en una central de facturas impagas en órbita del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Parte de la explicación de las nuevas medidas sobre la Factura de Crédito Electrónica

Parte de la explicación de las nuevas medidas sobre la Factura de Crédito Electrónica

Recordamos que el régimen de FCE es obligatorio cuando una MiPyme emite comprobantes electrónicos a una empresa grande y además reúne estas condiciones:

  • La operación es de compraventa de bienes o locación de cosas muebles, servicios u obra.
  • El monto total es igual o superior a $146.855.
  • El plazo de pago es superior a 30 días.
  • Ambas partes tienen domicilio en el territorio nacional.
  • Ambas partes tienen el Domicilio Fiscal Electrónico Constituido (DFE).
  • La MiPyme emisora registre su CBU.

Las MiPymes pueden adherirse como receptoras al régimen. En ese caso, será necesariamente receptora y a la vez emisora de FCE cuando deba emitir comprobantes electrónicos a una empresa grande. Cabe destacar que, el régimen es siempre optativo entre las micro, pequeñas y medianas empresas.

En lo que respecta al esquema de funcionamiento con las nuevas medidas, el Sistema de Circulación Abierta comenzará a funcionar desde el 1 de abril. Es muy importante que para esa fecha las MiPymes y grandes empresas actualicen sus sistemas de facturación con la ayuda de estos manuales.

Para acceder a los manuales, haga clic aquí.

También participaron de la charla Leticia Cortese, subsecretaria de Financiamiento y Competitividad Pyme, Gabriela Ferrari, directora de Registro, Operaciones y Devoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mónica Erpen, vicepresidenta de la Comisión Nacional de Valores (CNV), María Eugenia Limeres, de la Gerencia de Sistemas de Pago BCRA, Pablo Grasso, quien explicó acerca de los Manuales de Sistemas de emisión de Facturas de Crédito Electrónicas por AFIP.

Para acceder a la presentación completa sobre el tema, haga clic aquí.

Para consultas y más información: financiamiento@came.org.ar