Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación A-7107, extendió hasta fin de año diversas disposiciones establecidas en el marco de la pandemia como la suspensión del cobro de todos los cargos para operar en cajeros automáticos y la prohibición del cobro de intereses punitorios sobre cuotas de créditos impagas.

De esta forma, las entidades bancarias no podrán cobrar cargos ni comisiones hasta el 31 de diciembre de 2020 por la operación en cajeros automáticos no propios. También continúa vigente la norma que establece que los bancos deben permitir montos de extracción por cajero automático como mínimo de $15.000 -acumulado diario-. Esto incluye a las extracciones realizadas tanto por personas humanas como jurídicas, con independencia de si son clientes o no de la entidad.

Por otra parte, se prorroga hasta la misma fecha el traslado de cuotas impagas desde el 1 de abril de 2020 (excepto tarjetas de crédito) hacia el final de la vigencia del crédito devengando únicamente los intereses compensatorios pactados.

También se extiende hasta fin del corriente año la extensión de 60 días en los plazos de mora de los deudores para las situaciones 1, 2 y 3 y la prohibición de realizar la reclasificación obligatoria.

Para acceder a la Comunicación A-7107, clic aquí.