A partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 94/2020, el sector de Economías Regionales de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa informa que en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) se fijaron las remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua, con vigencia a partir del 1° de julio de 2020 hasta el 31 de octubre del 2020, y del 1° de noviembre de 2020 hasta el 31 de julio de 2021.

La nueva escala salarial implica un incremento del 32% sobre el salario de febrero 2020 ($29.371,74), en dos tramos remunerativos y no acumulativos. Además, contempla una cláusula de revisión en enero 2021.

REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA - CATEGORÍA: PEÓN GENERAL

VIGENCIA

SUELDO (sin comida y sin S.A.C.)

JORNAL (sin comida y sin S.A.C.)

1° de julio de 2020 al 31 de octubre del 2020

$35.246,09

$1.550,58

1° de noviembre de 2020 al 31 de julio de 2021

$38.770,70

$1.705,64

 

El incremento contó con el voto positivo del Estado, representado por los Ministerios de Trabajo, Agricultura y Economía; y de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE). Las entidades empresarias, por su parte, votaron negativamente.

Al ser miembro de la CNTA, CAME participó de la paritaria y, si bien no tuvo voto en esta reunión -solamente lo tienen dos entidades empresarias de forma rotativa-, manifestó su disconformidad. El argumento principal fue no permitir que durante la pospandemia sigan desapareciendo empresas, pudiendo así conservar los puestos de trabajo. Con respecto a la retroactividad, se manifestó en contra no solo por lo que representa, sino además porque fue más allá del propio período de la paritaria tratada.

Considerando la postura inflexible por parte del sindicato, CAME junto a las otras entidades empresarias de CNTA habían aunado esfuerzos, presentando una propuesta conjunta de incremento del 24,5%, en dos tramos no acumulativos, no retroactivos y no remunerativos; además de contemplar una cláusula de revisión en enero 2021.

Lejos de llegar a un acuerdo, la posición del Estado y el sindicato se impuso por votación de la mayoría.

Para acceder a la Resolución 94/2020, clic aquí.