El sector de Economías Regionales de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 157/2023, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, fijó las remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua, a partir de agosto de 2023 y en tres tramos acumulativos. 

La nueva escala salarial implica un incremento del 10% desde agosto, 8% desde septiembre y 7% desde octubre. Cabe aclarar que, para determinar la base de cálculo de los valores de agosto, debe agregarse un 26% sobre el vigente en julio, en concepto de recomposición, con lo que el efectivo aumento de agosto contra julio resulta un 38,6%. Además, contempla una cláusula de revisión en octubre 2023.

REMUNERACIÓNES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE

PRESTACIÓN CONTINUA - CATEGORÍA: PEÓN RURAL

VIGENCIA

SUELDO    (sin comida y sin S.A.C)

JORNAL  (sin comida y sin S.A.C)

1º de agosto de 2023 al 31 de agosto de 2023

$ 196.263,92

$ 8.634,24

1º de septiembre de 2023 al 30 de septiembre de 2023

$ 211.965,03

$ 9.324,98

1º de octubre de 2023 al 31 de julio de 2024

$ 226.802,59

$ 9.977,73

 

El incremento contó con el voto positivo del Ministerio de Trabajo y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE); y el voto negativo de las entidades empresarias.

Si bien estos nuevos valores rigen para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario en el ámbito de todo el país, los trabajadores que desarrollan sus tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, recibirán un 20% adicional sobre las remuneraciones mínimas de la categoría que revistan.

Para acceder a la Resolución 157/2023, haga clic aquí.