El sector de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), informa que se publicó la Resolución General Conjunta 5429/2023, la cual establece la obligación de proporcionar, al momento de presentación de las SIRAs, además de lo habitual, los siguientes ítems:

a)      Número de expediente otorgado por el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) correspondiente al trámite efectuado por el importador ante la DIRECCION NACIONAL DE REGLAMENTOS TÉCNICOS, y

b)      Número de aprobación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGLAMENTOS TÉCNICOS que surja del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), correspondiente al acto o documento respaldatorio de la aprobación de la solicitud presentada por el importador.

Esta Dirección tendrá hasta 60 días corridos para pronunciarse (igual que el resto de los terceros organismos intervinientes). 

Las normas que se ven involucradas en esta resolución son las detalladas en el ANEXO I, y el cronograma de implementación es el que figura en el ANEXO II. 

Hay 30 días para comenzar a consignar estos números de expedientes para un grupo de resoluciones, y 60 días para otro grupo de resoluciones.